A través del Acuerdo Ministerial 2022-031, el Ministerio de Turismo determinó los nuevos horarios de funcionamiento para los establecimientos que cuentan con Registro de Turismo. La disposición entrará en vigencia desde hoy, 15 de diciembre de 2022 en todo el país, a excepción de las provincias de Guayas, Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáchilas, en las que esta normativa se aplicará una vez que concluya el toque de queda.
Los restaurantes, cafeterías, establecimientos móviles, plazas de comidas, servicios de catering, centros turístico comunitario, parques de atracciones estables, boleras, pistas de patinaje, termas, balnearios, centros de recreación turística y centros de convenciones podrán atender de lunes a domingo durante las 24 horas del día.
Los bares, discotecas, salas de recepciones y banquetes, así como las peñas y salas de baile podrán abrir al público de lunes a domingo de 12h00 a 04h00 (ampliando su horario de atención).
Asimismo, los establecimientos de alojamiento turístico podrán atender de lunes a domingo durante las 24 horas del día, sin embargo, si estos cuentan con cafeterías, restaurantes, bares, discotecas, salas de recepciones y banquetes como parte de sus servicios complementarios, deberán acogerse a los horarios dispuestos por el Acuerdo Ministerial 2022-031.