El hecho se registró en abril de 2022, en la parroquia Guanujo del cantón Guaranda, cuando el agresor citó a su exconviviente en su domicilio. Ella fue con la hija de ambos, almorzaron y Washington René Ch. Ch., le propuso dar un paseo. En el trayecto empezó a golpear a la niña y a la mujer, reclamándole sobre un juicio de alimentos que había interpuesto.

Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía ante un Tribunal de Garantías Penales de Bolívar, Washington René Ch. fue sentenciado a treinta y cuatro años con ocho meses, al demostrarse que es el autor del asesinato de su hija de tres meses de edad.

El fallo también incluye el pago de una multa y una reparación integral a favor de la madre de la víctima, que serán detallados en la sentencia escrita.

En el transcurso de la audiencia de juicio, el fiscal del caso presentó el testimonio del perito que realizó la autopsia médico-legal a la recién nacida, determinó una muerte violenta a causa de un traumatismo en la cabeza.

Información jurídica:

El delito de asesinato está tipificado en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal, dispone una sanción privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. En este caso se aplicaron circunstancias agravantes 1 y 11, establecidas en el artículo 47 del mismo cuerpo legal: cometer el delito con alevosía y fraude contra niños, niñas y adolescentes.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *