El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos anunció un nuevo proceso de permiso humanitario de reunificación familiar para determinados ecuatorianos, avanzando en la eficaz estrategia de la Administración Biden-Harris de combinar la ampliación de las vías legales y el refuerzo de la aplicación de la ley para reducir la migración irregular.

Los procesos de permiso humanitario de reunificación familiar promueven la unidad familiar y forman parte de las medidas globales anunciadas en abril por DHS y el Departamento de Estado para crear las condiciones para una migración segura, ordenada, humana y regular.  

¿Quiénes pueden aplicar?

El nuevo proceso es para determinados ecuatorianos cuyos familiares sean ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales y que hayan recibido la aprobación para reunirse con su familia en los Estados Unidos. Específicamente, los ecuatorianos y sus familiares inmediatos pueden ser considerados para el permiso humanitario caso por caso por un período de hasta tres años mientras esperan para aplicar para convertirse en un residente permanente legal. 

“Aquellos que no se acojan a la reunificación familiar condicional o a otras vías legales, seguras y ordenadas e intenten entrar ilegalmente a los Estados Unidos seguirán enfrentándose a duras consecuencias”, dijo el Secretario de Seguridad Nacional, Alejandro N. Mayorkas. 

Ciertos ecuatorianos que son beneficiarios del Formulario I-130 aprobado, Petición de Familiar Extranjero, pueden ser elegibles para ser considerados para el permiso humanitario bajo el nuevo proceso. Los beneficiarios calificados deben estar fuera de los Estados Unidos, cumplir todas las condiciones, incluidas las de investigación de antecedentes y requerimientos médicos, así como no haber recibido ya una visa de inmigrante. 

Importante

El proceso de permiso humanitario de reunificación familiar comienza con la expedición, por parte del Departamento de Estado, de una invitación al familiar ciudadano estadounidense o residente permanente legal solicitante, cuyo Formulario I-130 en nombre de un beneficiario ecuatoriano haya sido aprobado.

El proceso de permiso humanitario de reunificación familiar por reagrupación familiar solo permite el permiso humanitario caso por caso y con carácter temporal si se demuestran razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo, o si el beneficiario justifica un ejercicio favorable de la discrecionalidad. Las personas que ingresen a los Estados Unidos con permiso humanitario bajo este procedimiento serán consideradas, por lo general, para un máximo de tres años y podrán solicitar autorización de empleo mientras esperan a que su visa de inmigrante esté disponible. Cuando su visa de inmigrante esté disponible, podrán solicitar la residencia permanente legal. 

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