El reglamento para la aplicación de la eutanasia voluntaria en Ecuador fue emitido finalmente por el Ministerio de Salud Pública. Para solicitar el proceso es necesario el informe médico suscrito por el médico o médicos tratantes con el diagnóstico definitivo, detalla un comunicado.

A cargo de la revisión de los requisitos, estará el Comité Interdisciplinario para resolver la Aplicación de la Eutanasia Activa Voluntaria y Avoluntaria, el cual, una vez activado, tendrá un plazo de 10 días para emitir la resolución del caso. 

Entre los requisitos consta que se requiere que haya documentos de voluntades anticipadas o testamento vital notariados y copia de la decisión judicial que respalde la representación legal.

Un equipo interdisciplinario brindará información clara, objetiva idónea y oportuna del procedimiento de la eutanasia se al paciente o representante legal que expresa la solicitud, así como, de su derecho a desistir de la misma.

La eutanasia, según el reglamento, es un procedimiento que consiste en la administración de fármacos en dosis letales, con el objetivo de causar la muerte anticipada a una persona con una enfermedad grave e incurable o lesión corporal grave e irreversible, solicitada de manera voluntaria, informada e inequívoca por el paciente o su representante legal. 

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